miércoles, 20 de mayo de 2015

03-03-2015

DEBATE SOBRE LA LOMCE/LOE:



Hoy, martes día 3 de marzo, hemos hecho un debate. Para la realización del mismo, hemos tenido que leer e interiorizar de manera individual, los archivos subidos por nuestra profesora al aula virtual, acerca de las modificaciones que acarrea la nueva ley de educación (LOMCE), frente a la antigua ley de educación (LOE).
La clase ha sido dividida en dos grupos; Todos aquellos alumnos que se encontraran de la mitad de la clase hacia delante, defenderían las ventajas o características de la antigua ley, respecto a las modificaciones de la nueva (LOMCE). Por el contrario, los alumnos que estuvieran de la mitad hacia atrás, defenderían la LOMCE.
Esta actividad no está hecha ni pensada en balde por parte de nuestra profesora. Con ella se trabajan multitud de competencias por un lado, como el respeto, el turno de palabra, la argumentación razonada y fundamentada, el trabajo en equipo, etc. Por otro lado, se trabaja aplicar los conocimientos adquiridos, siempre y cuando se haya trabajado en casa.
En mi caso me toco en el grupo que tenía que defender que la LOMCE presentaba mejores propuestas de trabajo y estaba orientada para el beneplácito de todo el mundo. Para ello me guié u oriente gracias al documento subido en la BB de PEDRO URUÑUELA.
Mi principal argumento era que la LOMCE era una ley moderna, pensada para las necesidades y demandas actuales de nuestros alumnos en el sistema educativo español. Esto es así debido a que la LOMCE, está pensada para abordar el problema del fracaso escolar y abandono temprano (ABANDONO SIN TITULACIÓN, O NO CONSECUCIÓN DE TÍTULOS POS OBLIGATORIOS). La LOE, era una ley pensada para el ingreso de alumnos al sistema educativos, dado que la tasa de alumnos que no se matriculaban era muy alta. La LOMCE por el contrario, pretende abordar el nuevo problema que es el abandono escolar y posterior fracaso escolar.
El archivo de la LOMCE, de Pedro Uruñuela, destaca los siguientes aspectos:

ASIGNATURAS Y CURSOS
- Las asignaturas de Primaria, ESO y Bachillerato se agrupan en: troncales (reguladas esencialmente por el Gobierno con una carga lectiva mínima del 50% del horario total), las específicas y las de libre configuración autonómica (como lengua cooficial, con tratamiento análogo al castellano), cuyos horarios y contenidos corresponderán a las comunidades. Los centros podrán complementar los tres bloques de materias y configurar su oferta formativa.
- Anticipo de elección de itinerarios en ESO. En tercero se puede optar entre Matemáticas de iniciación a enseñanzas académicas o aplicadas; en cuarto (15 años), elección entre enseñanzas orientadas al Bachillerato o a FP.
- En ESO, con carácter general, se podrá pasar de curso con dos suspensos como máximo, siempre que no sean simultáneamente Matemáticas y Lengua.
- El Bachillerato tendrá tres modalidades: Ciencias, Artes, y Humanidades y Ciencias Sociales. En este último se fijarán dos itinerarios, de forma que quienes elijan Humanidades estudiarán Latín y los otros Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales.

EVALUACIONES
- Pruebas nacionales comunes al final de sexto de Primaria, cuarto de ESO y segundo de Bachillerato, diseñadas por la administración central previa consulta a las comunidades. Es necesario superar las dos últimas para obtener los títulos correspondientes.
- Las administraciones educativas podrán establecer medidas de atención personalizada para aquellos alumnos que no superen la evaluación final de ESO.
- Al terminar tercero de Primaria, evaluación individualizada para la detección precoz de dificultades en el aprendizaje a cargo de las administraciones educativas.
- La realización de las pruebas corresponde a las administraciones y serán aplicadas y calificadas por profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro, aunque no sea funcionario.
- Los resultados de los centros se publicarán en relación con los factores socioeconómicos y socioculturales del lugar donde estén ubicados.
- Las administraciones podrán establecer planes específicos de mejora en los centros públicos que no alcancen niveles adecuados.
FORMACIÓN PROFESIONAL
- Nueva FP básica de dos cursos obligatorios para alumnos de entre 15 y 17 años con dificultades de aprendizaje que hayan terminado tercero o, excepcionalmente, segundo de ESO. Servirá para obtener el título de la ESO y pasar a FP de grado medio.
CASTELLANO
- El castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado y las lenguas cooficiales lo son también en las respectivas comunidades de acuerdo con sus Estatutos y normativa aplicable.
- El Gobierno adelantará el pago de la escolarización privada de aquellos alumnos que no tengan garantizado el aprendizaje en castellano en los centros públicos o concertados de las comunidades con lengua cooficial, y se lo descontará a éstas de la financiación autonómica que les corresponda.
RELIGIÓN
- La asignatura de Religión, voluntaria, tendrá como alternativas obligatorias Valores Sociales y Cívicos (Primaria) y Valores Éticos (Secundaria), que también podrán escogerse como opcionales. Desaparece Educación para la Ciudadanía.

CENTROS
- Los miembros del equipo directivo del centro y los profesores serán considerados autoridad pública.
- El nombramiento de los directores, por cuatro años, se hará previa evaluación positiva de su trabajo, bajo criterios públicos y objetivos en los que se incluirán las evaluaciones individualizadas de los alumnos.
- Los directores de los centros públicos deberán acreditar cinco años de docencia y un curso específico de formación. Podrán fijar requisitos y méritos para los puestos docentes. Las comisiones de selección estarán formadas por representantes de la administración (más del 50%) y del centro.
- El consejo escolar del centro tendrán funciones esencialmente consultivas.
- Los centros que diferencian por sexo no tendrán que "justificar de forma objetiva y razonada" ese modelo educativo para optar al concierto, y se permitirá que vuelvan a solicitarlo aquellos a los que se les denegó en 2013 por educar de forma separada.
- Las comunidades podrán convocar concursos públicos para la construcción y gestión de centros concertados sobre suelo público dotacional. 
FUENTES/BIBLIOGRAFIA:


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